jueves, 15 de febrero de 2007

Reglamento

DEL GOBIERNO DE LA ESCUELA
Art. 1 DEPENDENCIA

La Unidad Académica de Enfermería del Policlínico Santamarina depende de la Escuela de Enfermería de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires.
Según consta en el Expediente 505.983/97 de fecha 19 06-97 sobre acuerdo de cooperación científica.
- Resolución N° 831

La Escuela de Enfermería del Policlínico S.T. de Santamarina depende de la Secretaría de Salud.

Funciona en el primer piso del Policlínico.



Art.2 DIRECCIÓN

La ejerce la Dra. Maria Toscano, desde el año 1997.



Art. 3 FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones vigentes de la Escuela de Enfermería del Policlínico de S.T. de Santamarina.

Cumplir y hacer cumplir las normas establecidas en el Policlínico de S.T. de Santamarina.

Ante la Universidad de Buenos Aires, Facultad de Medicina, Escuela de Enfermería el superior inmediato es la Lic. Estela Gómez de Pacheco.
Notificar todo lo concerniente a la Escuela de Enfermería, con idoneidad y respeto.

Presentar ante la autoridad correspondiente, la programación anual de la Escuela de Enfermería.

Ser responsable junto a los docentes de la selección y admisión de los alumnos.

Convocar a reuniones periódicas con los docentes de las distintas áreas.

Evaluar los contenidos teórico – práctico para mejorar el desarrollo educativo.

Trabajar en forma conjunta con el Departamento de Enfermería a fin de lograr mejor cohesión de criterio capaz de potenciar el desarrollo Educativo – Profesional.

Aplicar sanciones al personal Educativo que le compete de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Escuela de Enfermería de la U.B.A Facultad de Medicina y la Dirección Médica del Policlínico Santamarina.

Elevar actas de exámenes finales dentro de las 48 hs. De efectuados los mismos.

Presenciar las reuniones mensuales que en su carácter de Directora de la Unidad Académica realiza la Universidad de Buenos Aires.

Presidir los actos escolares.

Ampliar su cultura y propender al perfeccionamiento de su capacidad pedagógica.

Respetar y hacer respetar los símbolos nacionales y culto.

Cuidar y hacer cuidar los bienes puestos a su disposición.

Observar una conducta acorde con los principios de la moral y buenas costumbres y con normas de la ética en el comportamiento social.



Art.4 ESTRUCTURA DOCENTE DE LA ESCUELA

La Escuela posee una Coordinación Pedagógica de Docentes y Alumnos a cargo de la Licenciada en Psicología, Noemí Adriana Franco.


Art.5 ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

La Escuela posee
Coordinación de docentes y alumnos
Secretaría Académica.



Art. 6 REGIMEN DE LA DOCENCIA

Todo el personal docente, administrativo de la Escuela de Enfermería depende de la Secretaría de Salud.

Ambos tienen pleno conocimiento de la leyes y reglamentos nacionales sobre educación y el ejercicio de la enfermería.


Art. 7 REQUISITOS DOCENTES

Licenciados/as en Enfermería.

Enfermeras/os Profesionales.

Reconocida experiencia docente asistencial en el área de la asignatura a su cargo.

Poseer título habilitante


Art. 8 PLANTA FÍSICA

La planta física de la Escuela de Enfermería es la adecuada para el desarrollo de las actividades curriculares. Dispone de:

Dos aulas con asientos suficientes para 150 alumnos.

Un despacho para Dirección, sala de profesores, biblioteca con libros y revistas científicas de actualidad.


Material descartable para todos los procedimientos inherentes al área de trabajos prácticos.


Sanitarios.

Una PC, una máquina de escribir, una fotocopiadora, un retroproyector, una video, una TV, un rotafolio.

Cantidad suficiente de láminas, gráficos, material óseo para el desarrollo de las materias complementarias.

Existe un sistema computarizado de archivo para la Escuela de Enfermería donde se incluyen legajos de personal, fichero, exámenes, etc





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